Fecha: 06 julio 2012
Publicación: BOE de 07 de julio de 2012
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles
Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios.
Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
Los Presupuestos Generales del Estado para 2013 se centran en la reducción del gasto público dentro de un contexto de consolidación fiscal, de acuerdo con las orientaciones y recomendaciones establecidas por la Unión Europea.
Se establece un objetivo de déficit para el conjunto de las Administraciones Públicas del 4,5 por ciento del PIB, y el de la deuda pública para la Administración Central se fija en un 66 por ciento del PIB en 2013.
El Texto incorpora diversas medidas en materia de Seguridad Social, Empleo Público, Pensiones, Deuda Pública, y especialmente en el ámbito tributario, medidas que inciden en las principales figuras de nuestro sistema tributario ( IRPF, Sociedades, IVA, TP Y AJD, Tasas, Aranceles…..)
El Interés legal del dinero se mantiene en el 4 % hasta el 31 de diciembre del año 2013, y el interés de demora seguirá siendo del 5 %.
Real Decreto 1717/2012, de 28 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2013.
El Real Decreto dispone que el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,51 euros/día o 645,30 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.
El Texto contiene medidas que principalmente afectan a: el IRPF (a destacar la supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual a partir de 1 de enero de 2013), al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (apartado 2 del artículo 40 LITPYAJD), al Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto de Sociedades, Impuesto de Sucesiones y Donaciones, IVA, depósitos bancarios, SOCIMIS, Catastro, Tributos Locales, y a la Ley Hipotecaria ( Se modifica el art. 254 adicionándole un nuevo apartado 5:” El Registro de la Propiedad no practicará la inscripción correspondiente de ningún documento que contenga acto o contrato determinante de las obligaciones tributarias por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, sin que se acredite previamente haber presentado la autoliquidación o, en su caso, la declaración, del impuesto, o la comunicación a que se refiere la letra b) del apartado 6 del artículo 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo, 2/2004, de 5 de marzo”.)
Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita.
Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
Entre las novedades introducidas por la norma se encuentra la suspensión por dos años de los desahucios de familias tanto en procesos de ejecución hipotecaria como ventas extrajudiciales. ver analisis
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Este Real Decreto transpone parcialmente la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de mayo de 2010, refundiendo el Real Decreto 47/2007 de 19 de enero, que a su vez transponía la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de octubre de 2002.
Establece la obligación, a partir de su entrada en vigor, de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios o partes de edificios, tanto de nueva construcción como ya existentes, de un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio o parte del mismo y valores de referencia, tales como, requisitos mínimos de eficiencia energética, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética.
Se excluyen los edificios y monumentos protegidos, edificios para el culto, industriales o agrícolas, construcciones provisionales, edificaciones aisladas inferiores a 50 m2 y edificios que se compren para reformar o demoler.
Regula el contenido mínimo del certificado de eficiencia energética. Se establece el procedimiento para el cálculo de la calificación y se regula la utilización de la etiqueta de eficiencia energética. Par ello se remite al REGLAMENTO DELEGADO (UE) N.º 244/2012 DE LA COMISIÓN DE 16 DE ENERO DE 2012, QUE COMPLEMENTA LA DIRECTIVA 2010/31/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS, ESTABLECIENDO UN MARCO METODOLÓGICO COMPARATIVO PARA CALCULAR LOS NIVELES ÓPTIMOS DE RENTABILIDAD DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS Y DE SUS ELEMENTOS (DOUE L 81, DE 21 DE MARZO).
Por último se concreta un régimen sancionador en materia de protección de consumidores y usuarios y de certificación de la eficiencia energética de edificios, si bien, se remite en materia de infracciones y sanciones a lo dispuesto en las normas de rango legal que resulten de aplicación y a lo establecido en los apartados k) y n) del artículo 49.1 del texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
Modifica entre otras normas, la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, modificando los artículos 4, 5, 7, 9 a 11, 13 a 20, 23 a 25, 27, 35 y 36, y entre otras reformas en el ámbito del arrendamiento de viviendas, amplia la libertad de pactos entre los contratantes, reduce la prórroga legal hasta un máximo de tres años y regula la necesidad de inscripción en el Registro de la Propiedad del contrato para que los inquilinos puedan oponer derechos arrendaticios frente a terceros.
Igualmente reforma la Ley 1/2012 de Enjuiciamiento Civil, modificándose los artículos 22, 164, 220, 440, 497, 549 y 703 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil al objeto de abordar los problemas procesales derivados de las últimas reformas legislativas relativas al procedimiento de desahucio de finca urbana
Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.