ES NULO EL DESPIDO COLECTIVO DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD POR SUPUESTA FALTA DE ADAPTACION A AVANCES TECNOLOGICOS. Cooperativa que, en estado de preconcurso, presenta expediente de regulación de empleo y, entre otras medidas, pretende extinción de contrato de trabajo de los trabajadores más mayores, bajo la presunción de que los más jóvenes se adaptarían mejor a los cambios tecnológicos, prescindiendo de las características personales de cada trabajador. Dicha decisión, sin un examen particularizado de las concretas circunstancias de cada trabajador, vulnera la Directiva 2000/78, en su art. 3, en relación con los arts. 4.2 y 17.1 del Estatuto de los Trabajadores. La no adopción de medidas que tengan una base mínimamente objetiva para la fundamentación de esta decisión, convierten automáticamente el despido en NULO.