Resuelve un recurso de apelación presentado por el consumidor frente a una sentencia desestimatoria de su demanda de nulidad de cláusula abusiva y reintegro de cantidades indebidamente percibidas por la Entidad Bancaria dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 15 de Valladolid. La base de la desestimación de la demanda y del posterior recurso de apelación se basa en que la cláusula cumple el doble control de transparencia y concretamente, y lo novedoso del tema, es que la cláusula se había introducido en la oferta previa vinculante que se ofreció al consumidor, aceptada con anterioridad a la firma de la hipoteca y, por lo tanto, el consumidor tuvo oportunidad real y efectiva, previa, tuvo información previa bastante, de reflexionar sobre referida cláusula y su alcance (primer control) y cumple el segundo control de transparencia en lo relativo a la efectiva información recibida por el usuario, antes de la firma de la hipoteca a través de la oferta vinculante y de la información otorgada por la entidad en las negociaciones previas con el cliente.