Observatorio
Resoluciones audiencia provincial de valladolid
Ponente(s): Francisco Jose Pañeda Usunariz
Publicación: 16/01/2018
Órgano: Audiencia Provincial de Valladolid, Sección Tercera
Sentencia: 21/2018
Recurso: 399/2017
LA INCIDENCIA DEL RD LEY 1/2017 EN LA CONDENA EN COSTAS EN CASO DE ALLANAMIENTO TOTAL
La Audiencia Provincial se ha pronunicado sobre esta cuestión, entendiendo que la aplicación de lo dispuesto en el art. 4.2.a) del RD 1/2017 exige previamente que el consumidor no hubiera acudido al procedimiento extrajudicial previsto en el art.3 del RD 1/2017, y dicho art. 3 exige a las entidades de crédito garantizar que ese sistema de reclamación es conocido por todos los consumidores que tuvieran incluídas cláusulas suelo en sus préstamos hipotecarios; por lo que corresponde a la entidad bancaria la obligación de notificar fehacientemente la existencia de un procedimiento de reclamación previo a al interposición de demandas judiciales a su disposición. No acreditándose tal circunstancia, y constando requerimiento fehaciente a los efectos del art. 395.1 LEC, procede la imposición de costas.