Fecha: 25 enero 2017
Publicación: 12/01/2017
Órgano: Juzgado Primera Instancia num.quince de Valladolid
Sentencia: auto
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Acuerda desestimar el recurso de revisión interpuesto por la entidad bancaria señalando que el crédito de costas es de la parte y no de su Letrado y tiene por objeto resarcir a la misma del coste de acudir a la vía judicial, se indica que el argumento sostenido por la entidad bancaria sobre que son procedimientos idénticos a otros anteriores debería servir – se indica en el Auto- para los casos en que es la entidad financiera la acreedora de las costas (ejecuciones hipotecarias,…) y otros de escasa complejidad, argumento nunca suscitado, por lo que el criterio más ajustado a derecho es el de la aplicación de los criterios de los Colegios respectivos.