Testamento Profesional
PRESENTACIÓN
El testamento profesional posibilita al letrado otorgante designar quien o quienes “heredarán” o asumirán sus asuntos profesionales en curso, para el caso de fallecimiento o de enfermedad prolongada incapacitante, siempre que los clientes acepten su sustitución.
En el mismo constarán no solo los profesionales designados, - de manera general o por especialidades- que deberán mostrar a su vez su consentimiento en el mismo documento, sino también la forma o personas de contacto para acceder a claves personales de correo o de archivos; Asimismo, la nueva herramienta también prevé aspectos como la cesión de claves de acceso, el acceso a los expedientes en soporte papel o digital, el reparto de honorarios entre testador y testado/s o la liquidación de los asuntos en trámite y el cobro de minutas por los herederos en caso de fallecimiento.
De este modo, se minimiza el riesgo de posibles demandas por negligencia profesional, dada la responsabilidad que tenemos por los plazos procesales, así como se garantiza seguridad jurídica de los clientes, que desde el primer momento tienen a otro profesional ocupándose de sus asuntos.
El testamento profesional – que podrá ser revocado o modificado en cualquier momento- se registrará en el ICAVA, que actuará como guardián de la voluntad del testador, y que requerirá a los letrados designados para que acepten el encargo una vez se den las circunstancias para ello.