Observatorio

Laboral

Ponente(s): Ignacio García-Perrote

Fecha: 14 octubre 2021

Órgano: Sala de lo Social del Tribunal Supremo

Sentencia: 817/2021

Recurso: 4877/2018


Validez de prueba de videovigilancia aportada por la empresa, que debió admitirse conforme a la doctrina de la STEDH de 17 de Octubre de 2019.

Vigilante de seguridad que es despedido por observarse en las grabaciones de las cámaras que no realiza correctamente su trabajo. Acreditado la falta de cumplimiento de los requisitos de la LOPD, la ponderación de intereses, y el conocimiento por parte del trabajador de las grabaciones, a la luz de la doctrina de la Unión Europea, hubiera debido admitirse la grabación. Se estima recurso debiendo celebrarse nuevo juicio teniendo en cuenta las grabaciones.

https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/bce4db80a8f8fdd3/20210803