Observatorio
Laboral
Ponente(s): Ignacio García-Perrote
Fecha: 14 octubre 2021
Órgano: Sala de lo Social del Tribunal Supremo
Sentencia: 817/2021
Recurso: 4877/2018
Validez de prueba de videovigilancia aportada por la empresa, que debió admitirse conforme a la doctrina de la STEDH de 17 de Octubre de 2019.
Vigilante de seguridad que es despedido por observarse en las grabaciones de las cámaras que no realiza correctamente su trabajo. Acreditado la falta de cumplimiento de los requisitos de la LOPD, la ponderación de intereses, y el conocimiento por parte del trabajador de las grabaciones, a la luz de la doctrina de la Unión Europea, hubiera debido admitirse la grabación. Se estima recurso debiendo celebrarse nuevo juicio teniendo en cuenta las grabaciones.
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/bce4db80a8f8fdd3/20210803