Publicación: 14/10/2019
Órgano: Tribunal Supremo, Sala de lo Penal
Sentencia: 459/2019
Recurso: Causa Especial 20907/2019 Ponente(s): D. Manuel Marchena Gómez
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SENTENCIA DEL PROCÉS DE CATALUÑA
SENTENCIA DEL PROCÉS DE CATALUÑA
CONCURSO APARENTE DE NORMAS. DELITO DE DENUNCIA FALSA Y/Ó DELITO DE FALSO TESTIMONIO. ESTAFA PROCESAL
APLICACION DE LA AGRAVANTE DE GENERO
APROPIACIÓN INDEBIDA E INEXISTENCIA DE HOJA DE ENCARGO, APROPIACIÓN EN CONCEPTO DE HONORARIOS DE CANTIDADES RECIBIDAS
APORTACIÓN DE DOCUMENTOS AL INICIO DEL PLENARIO
La Sala Segunda señala que la prueba documental propuesta al inicio del juicio oral no puede inadmitirse por sorpresiva.
LA NULIDAD DE LAS PRUEBAS Y SU EFECTO CONTAMINANTE
Delito leve de hurto, agravación por reiteración.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo señala que no es de aplicación la multirreincidencia del art. 235.1 7ª en los supuestos en que las condenas previas sean por delitos LEVES de hurto. La sentencia cuenta con un voto particular, al que se adhieren varios magistrados, que sostiene que el fin de la norma es agravar las penas - principio de prevención general- cuando se derivan de conductas reiteradas de hurto y dicha agravación debe operar también en los supuestos que el valor de los bienes hurtados, y que han sido objeto de condenas previas, sea inferior a 400 euros -delito leve de hurto-.
SALA SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO PLENO. Acuerdo del Pleno No Jurisdiccional de 23-05-2017 sobre el alcance que, respecto de la comisión del delito de apropiación indebida, tiene el anticipo de cantidades dinerarias para la construcción a los promotores de viviendas.
Acordándose que la no concertación de seguro por los promotores para garantizar dichas cantidades no constituye delito de apropiación indebida.
SALA SEGUNDA TRIBUNAL SUPREMO PLENO Acuerdo del Pleno No Jurisdiccional de 24-05-2017, sobre el alcance que tienen las deficiencia sen la documentación del juicio oral y su repercusión en el derecho de defensa en el ámbito del recurso de casación.
Acordando que cuando la documentación relativa al juicio oral - grabación audiovisual- sea imprescindible para la resolución del recurso, su ausencia en relación con los aspectos controvertidos, que genere indefensión material, determinará la nulidad del juicio oral o, en su caso, la absolución.
El TC otorga el amparo al no haberse entregado el atestado a un detenido.
Primera condena de prisión en España a un acusado de lucrarse con descargas ilegales de Internet
Resultado mortal por una bofetada que no se percibe como eventualidad probable sino como resultado insólito y extraordinario sancionable como homicidio imprudente: Criterio diferenciador entre el dolo eventual y la culpa consciente. Teorías del consentimiento, de la probabilidad y ecléptica. Concepto. Muerte de la víctima tras propinar un golpe con la mano en la parte media de su frente. Inexistencia de dolo eventual partiendo de la opción por la teoría ecléptica, que exige que el sujeto conozca o se represente la alta probabilidad o riesgo de producción del resultado que su acción contiene y la asunción de esa eventualidad decidiendo ejecutar la acción. Resultado de muerte por una bofetada que no se percibe como eventualidad probable sino como resultado insólito y extraordinario. Muerte sobrevenida transcurridos dos días después de haber propinado el golpe con ausencia de síntomas anunciadores de un fatal desenlace próximo. Inexistencia de criterios de inferencia del conocimiento por el sujeto de la probabilidad del resultado mortal y la aceptación o asunción del riesgo percibido de una probable muerte de la víctima.