Comisión de la Abogacía Digital
RECOMENDACIONES PARA SOLICITAR LAS SUBVENCIONES “KIT DIGITAL”
16 marzo 2022
Comienza el plazo para los despachos con más de 10 empleados y en junio y septiembre empezará para despachos de 3 a 9 e individuales respectivamente.
El Kit Digital es una iniciativa del Estado que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance en el nivel de madurez digital, también de nuestros despachos.
Es por ello, que desde la Comisión TIC del ICAVA os aportamos de forma esquemática la siguiente información por si fuera de interés para vuestros despachos optar a una de las ayudas que se ofertan.
Las bases reguladoras son las siguientes:
- Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre https://www.acelerapyme.gob.es/sites/acelerapyme/files/2021-12/BOE-A-2021-21873.pdf
1.-REQUISITOS PRINCIPALES PARA SER BENEFICIARIO DE LAS AYUDAS
1.-REQUISITOS PRINCIPALES PARA SER BENEFICIARIO DE LAS AYUDAS
- Ser pequeña empresa (hasta 49 trabajadores), microempresa o autónomo.
- No tener consideración de empresa en crisis
- Estar al corriente de pagos de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones
- Estar inscrito en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT.
2.-CUANTÍA DE LAS AYUDAS
2.-CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Es importante destacar que las ayudas se cobrarán en forma de bono digital.
- Un máximo de 12.000€ para pymes de entre 10 y 49 empleados
- Hasta 6.000€ para microempresas de entre 3 y 9 empleados
- Hasta 2.000€ para autónomos con un máximo de 2 empleados a su cargo
La ayuda pretende cubrir el 100% del coste de las soluciones, pero el despacho tendrá que pagar el IVA.
En todo caso, si se contrata una solución digital que supere el importe máximo de una de las categorías del Catálogo de Soluciones de Digitalización el despacho beneficiario debe asumir la diferencia del coste y el importe de la subvención concedida.
Cuando se conceda la subvención el despacho puede contratar con cuántos proveedores desee hasta el límite de la subvención.
3.-PARA QUÉ SE PUEDE SOLICITARLA AYUDA
3.-PARA QUÉ SE PUEDE SOLICITARLA AYUDA
Se puede solicitar el bono digital para mejorar un servicio que ya tenga el despacho, pero ojo, siempre que suponga una mejora funcional, como, por ejemplo, renovar la página web (recomendamos revisar el Anexo IV de las Bases Reguladoras)
Las ayudas no están dirigidas a la compra o renovación de hardware, sino que está pensada en procesos de transformación digital y servicios en la nube.
El Catálogo de soluciones (https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital/soluciones-digitales) comprende las siguientes categorías:
- Ciberseguridad
- Medidas de protección para comunicaciones seguras
- Servicios que faciliten la oficina virtual
- Sitio web y presencia online
- Comercio electrónico
- Gestión de redes sociales y marketing online
- Software de gestión de clientes (CRM)
- Software de gestión de procesos (ERP)
- Soluciones de factura digital
- Business Intelligence (BI) y analítica empresarial
El despacho beneficiario UNICAMENTE puede contratar UNA SOLUCIÓN de digitalización POR CADA CATEGORÍA del meritado Catálogo.
4.-PRESENTACIÓN Y PLAZOS
4.-PRESENTACIÓN Y PLAZOS
- La concesión de la subvención es por orden de presentación Y SOLO se puede hacer DE FORMA TELEMÁTICA.
- El proceso de presentación es sencillo, por lo que no tienes porque contratar a terceros para que lo hagan por tu despacho.
En cuanto a los PLAZOS:
- PARA DESPACHOS ENTRE 10 Y 50 EMPLEADOS: El plazo de presentación de solicitudes será de SEIS meses, computándose desde el 15 de marzo de 2022 a las 11:00 horas hasta el 15 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas. EN TODO CASO, ESTARÁ OPERATIVO MIENTRAS DURE EL CREDITO PRESUPUESTARIO.
- PARA ABOGADOS QUE EJERCEN INDIVIDUALMENTE COMO AUTONOMOS O PARA DESPACHOS DE ENTRE 1 Y 2 EMPLEADOS Y PARA AQUELLOS DE 3 A 9 EMPLEADOS: Se prevé que primero salga la convocatoria para empresas de 3 a 9 a partir de junio del año 2022 y a partir de septiembre de 2022 la convocatoria para empresas de 1 y 2 empleados o autónomos sin empleados.
5.-AGENTES DIGITALIZADORES
5.-AGENTES DIGITALIZADORES
En este enlace se puede acceder a los Agentes registrados:
https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital/catalogo-digitalizadores
Recomendamos NO suscribir acuerdos de exclusividad con ningún Agente digitalizador.
6.-CÓMO SOLICITAR LA SUBVENCIÓN:
6.-CÓMO SOLICITAR LA SUBVENCIÓN:
Las solicitudes se deben presentar únicamente a través del formulario automatizado creado al efecto y debe usarse el certificado digital.
- Primero hay que registrarse: https://www.acelerapyme.gob.es/registro-pyme
- Hay que realizar un test de evaluación del “Nivel de Madurez Digital” https://www.acelerapyme.gob.es/quieres-conocer-el-grado-de-digitalizacion-de-tu-pyme
- Realizar la solicitud. Desde este enlace puedes acceder al formulario para solicitar la ayuda: https://sede.red.gob.es/es/procedimientos/convocatoria-de-ayudas-destinadas-la-digitalizacion-de-empresas-del-segmento-i-entre
- Posteriormente, las soluciones contratadas serán comprobadas y verificadas, siendo necesario aportar la documentación que justifique su implementación durante los 6 meses siguientes a la concesión de la subvención.
- Una vez concedida la subvención se estima que se recibirá el bono digital en un máximo TRES MESES tras su tramitación, y tiene una fecha de caducidad de SEIS MESES para canjearlo.
- Se debe seleccionar y contratar las soluciones de digitalización que se quieran. https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital/soluciones-digitales
- Se debe firmar una propuesta de Acuerdo de prestación de soluciones de digitalización, y posteriormente se valida por una entidad colaboradora.
- El Agente Digitalizador Adherido debe justificar la subvención. El pago se hace directamente al Agente en dos fases, una vez justificada cada fase. Si el pago de la ayuda no se puede realizar por causas imputables al despacho solicitante se tendrá que hacer cargo de los costes producidos.
7.-VIDEOS DE AYUDA:
7.-VIDEOS DE AYUDA:
Esperamos que la información te haya sido de utilidad
Comisión TIC ICAVA