2020

Publicidad contraria al Código Deontológico

08 abril 2020

Queridos compañeros y compañeras,

Habréis podido observar en los medios de comunicación, que se han formulado denuncias en diferentes colegios por prácticas contrarias al Código deontológico de la Abogacía Española, al publicitar servicios profesionales a víctimas de la pandemia que estamos sufriendo.

El artículo 6.3 c) de referido código, señala expresamente que: “La oferta de servicios profesionales, por sí o mediante terceros, a víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de personas afectadas y a sus herederos y causahabientes, en momentos o circunstancias que condicionen la elección libre de Abogado y, en ningún caso, hasta transcurridos 45 días desde el hecho. Tampoco podrá dirigirse, por sí o mediante terceros, a quienes lo sean de accidentes o infortunios recientes, o a sus herederos o causahabientes, que carezcan de la plena y serena libertad de elección. Estas prohibiciones quedarán sin efecto en el caso de que la prestación de estos servicios profesionales haya sido solicitada expresamente por la víctima”.

Es incuestionable que la actuación de la práctica totalidad de compañeros y compañeras está siendo plenamente respetuosa con los principios deontológicos que nos permiten llamarnos abogados, pero los Colegios estamos y estaremos muy vigilantes con cualquier publicidad u oferta de servicios que entre en colisión con lo regulado en el Código, instando al infractor en cuanto tengamos noticia a la inmediata retirada de esa acción publicitaria, e incoando el correspondiente expediente disciplinario si fuera el caso. Con este tipo de conductas, no solo perjudicamos a la sociedad, sino que ponemos en cuestión la dignidad de la profesión, circunstancias ambas totalmente inaceptables.

Tenemos por delante un importante desafío, y nos encontramos en una situación difícil y por momentos angustiosa, pero nada legitima el aprovecharse de aquellos que están resultando especialmente castigados, en lo personal y en lo material, encontrándose en una situación de especial vulnerabilidad, en la que la capacidad de elección de abogado e incluso, de decisión en cuanto a una posible reclamación, se ve seriamente comprometida.

En la confianza de que, entre todos, seamos capaces de impedir esta clase de conductas, recibid un abrazo de vuestros compañeros.

 

La Junta de Gobierno.