Observatorio
Civil
Fecha: 17 marzo 2023
Órgano: SALA DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO
VALIDEZ PACTO NOVATORIO Y NULIDAD DE PACTO DE RENUNCIA DE ACCIONES.
La Sentencia d e la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo núm. 381/ 2023, de 17 de marzo, acuerda la validez de la estipulación primera del contrato privado que modifica la originaria cláusula suelo y la nulidad de la cláusula tercera de renuncia de acciones. En esta Sentencia se reitera la jurisprudencia contenida en las sentencias de pleno de esta sala 580/2020 y 581/2020, ambas de 5 de noviembre, que siguen la doctrina del Tribunal de Justicia contenida en la sentencia del TJUE de 9 de julio de 2020 y reiterada en el auto del TJUE de 3 de marzo de 2021.
Se dispone que la estipulación primera de los contratos que modifica la cláusula suelo potencialmente nula, sería válida pues cumple las exigencias de transparencia de las cláusulas predispuestas. Las circunstancias concurrentes, muy semejantes a las de los supuestos de los anteriores recursos, revelan que los prestatarios conocían la existencia de la cláusula suelo, su potencial nulidad por falta de transparencia y disponían de información suficiente para valorar la trascendencia del mantenimiento de una cláusula suelo del 2,75 en su préstamo, luego del 0,70%.
En cuanto a la cláusula de renuncia al ejercicio de acciones contenida en el acuerdo transaccional, sería nula conforme a la jurisprudencia de aplicación. La renuncia al ejercicio de acciones va más allá de la controversia suscitada en torno a la cláusula suelo pues se refiere genéricamente "a cualquier acción que traiga causa de su formalización y clausulado -del contrato de préstamo- así como las liquidaciones y pagos realizados hasta la fecha". La extensión de la renuncia a cuestiones ajenas a la validez de la cláusula suelo y liquidaciones, determina la invalidez de la cláusula.