Observatorio
Civil
Fecha: 13 febrero 2023
Órgano: SALA DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO
PACTOS PREMATRIMONIALES
La Sentencia de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo núm. 879/ 2023, de 13 de febrero niega a la demandante derecho a pensión compensatoria pordesequilibrio ni por compensación por trabajo, dados los términos de unconvenio regulador prenupcial suscrito por los futuros cónyuges queformaba parte de las capitulaciones matrimoniales en que pactaron también elrégimen de separación de bienes.
Se trata de un matrimonio queantes de casarse firman unas capitulaciones matrimoniales en las que pactan que: “en caso de disolución, divorcioo nulidad del matrimonio proyectado nada se reclamarán el uno al otro porningún concepto o acción que pudiera generarse por razón del matrimonio, laconvivencia, gastos, bienes, derechos u obligaciones matrimoniales, independientementede la cuantía de los ingresos de cada uno de ellos".
Esta sentencia viene a resolverque, como regla general, las previsiones económicas hechas antes del matrimoniopara el caso de que fracase se deben respetar, como todos los contratos, siempreque no rebasen los límites constitucionales y legales a que se hace referenciael el fundamento transcrito.
Un aspecto muy importante es,en este caso, la libre e informada prestación de consentimiento por amboscónyuges que el notario autorizante de la escritura de capitulaciones sepreocupó de enfatizar al redactar el pacto, lo que, a mi juicio, ha podido serdecisivo en el desenlace.