Observatorio
Penal
Fecha: 06 septiembre 2022
Órgano: Jefatura del Estado
Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre de garantía de la libertad sexual. BOE 07/09/2022 Entrada en vigor: 07/10/2022.
Destacan como aspectos más novedosos la posibilidad de proceder a modificaciones de penas ya impuestas en sentencia firme para el caso de que la mínima anteriormente impuesta haya bajado con la reforma del Código Penal, de tal manera que fuera imponible en el supuesto concreto una pena menor con arreglo a la reforma del CP, lo que acarrearía la revisión de la pena impuesta.
Entre otro de los objetivos de la reforma se encuentra la de dar voz a la víctima del proceso penal, no sólo a lo que ocurrió, sino a la forma en que sufrió como víctima de los hechos.
Se aplica a mujeres, niñas y niños que hayan sido víctimas de violencias sexuales en España, con independencia de su nacionalidad y de su situación administrativa; o en el extranjero, siempre que sean de nacionalidad española.
Alas mujeres extranjeras víctimas de violencia sexuales en situación irregular que denuncien no se les incoará expediente administrativo sancionador, o se les suspenderá el que esté abierto, o su expulsión o devolución.
Para fijar la indemnización que le corresponderá a la víctima en sentencia, los parámetros para tener en cuenta son los reflejados en el artículo 52 a) de la Ley.
Asimismo, la referida ley introduce modificaciones en el proceso penal, nuevos delitos delos que son responsables las personas jurídicas, se introducen novedades en la clasificación del tercer grado, la suspensión de la pena, limitaciones a la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, asimismo se re forman las agresiones sexuales a mayores de 16 años (arts. 178 a 180 del CP) así como a menores de 16 años (arts. 181 a 183 bis CP).
Su entrada en vigor es el próximo 07/10/2022, siendo diferida al 7 de marzo del 2023 en lo relativo a los arts. 33 a 37 de la LO y el Título VI.