Observatorio
Civil
Publicación: 9/07/2020
Órgano: TJUE, Sala Cuarta
Recurso: Cuestión Prejudicial C-452/18
EL TJUE ABRE LA POSIBILIDAD DE RECLAMAR LA NULIDAD DE LOS ACUERDOS EN CLÁUSULAS SUELO.
El TJUE abre la posibilidad de reclamar la nulidad de los acuerdos en cláusulas suelo, y entiende que la renuncia del consumidor a hacer valer la nulidad de una cláusula abusiva únicamente es válida si, en el momento de la renuncia, el consumidor era consciente del carácter no vinculante de esa cláusula y las consecuencias que ello conllevaba, y sólo en este supuesto cabe considerar que la adhesión del consumidor a la novación de tal cláusula procede de un consentimiento libre e informado.
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