Observatorio

Civil

Ponente(s): D. Ignacio Sancho Gargallo

Publicación: 17/09/2019

Órgano: Tribunal Supremo, Sala de lo Civil

Sentencia: 466/2019

Recurso: 3127/2016

PRENDA EN GARANTÍA DE CRÉDITOS FUTUROS

Se constituye prenda sobre depósito de dinero en garantía de la eventual responsabilidad derivada de aval prestado por el acreedor pignoraticio, formalizado en póliza, en garantía del cumplimiento de las obligaciones del avalado de un arrendamiento en la que éste es arrendatario; este depósito se embarga posteriormente por la Agencia Tributaria por diligencia en procedimiento de apremio seguido por deudas tributarias de su titular (avalado en el primer contrato). 

 El Tribunal Supremo estima el recurso de casación y falla que “aunque al tiempo de ejercitarse la tercería, el crédito garantizado con la prenda no fuera cierto, líquido, vencido y exigible, dicho crédito gozaría de preferencia frente al crédito que motivó el embargo y el apremio, y la tercería debería prosperar.”

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