Observatorio
Civil
Ponente(s): D. Ignacio Sancho Gargallo
Publicación: 17/09/2019
Órgano: Tribunal Supremo, Sala de lo Civil
Sentencia: 466/2019
Recurso: 3127/2016
PRENDA EN GARANTÍA DE CRÉDITOS FUTUROS
Se constituye prenda sobre depósito de dinero en garantía de la eventual responsabilidad derivada de aval prestado por el acreedor pignoraticio, formalizado en póliza, en garantía del cumplimiento de las obligaciones del avalado de un arrendamiento en la que éste es arrendatario; este depósito se embarga posteriormente por la Agencia Tributaria por diligencia en procedimiento de apremio seguido por deudas tributarias de su titular (avalado en el primer contrato).
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación y falla que “aunque al tiempo de ejercitarse la tercería, el crédito garantizado con la prenda no fuera cierto, líquido, vencido y exigible, dicho crédito gozaría de preferencia frente al crédito que motivó el embargo y el apremio, y la tercería debería prosperar.”
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