Observatorio
Civil
Ponente(s): Dña. María de los Angeles Parra Lucan
Publicación: 17/09/2019
Órgano: Tribunal Supremo, Sala de lo Civil
Sentencia: 474/2019
Recurso: 3591/2016
CONSECUENCIAS DEL ACTO DISPOSITIVO A TÍTULO ONEROSO CELEBRADO SIN CONSENTIMIENTO DE UN CÓNYUGE DURANTE LA COMUNIDAD POSTMATRIMONIAL
Celebrado arrendamiento con opción de compra sobre bien ganancial por un solo cónyuge, disuelta y no liquidada la sociedad de gananciales, tras su fallecimiento el cónyuge sobreviviente y los hijos del fallecido se oponen a la demanda del arrendatario relativa a la validez del contrato sosteniendo su nulidad. El Tribunal Supremo, en línea con la Audiencia, señala que los actos dispositivos de finca ganancial integrada en comunidad postmatrimonial otorgados por un cónyuge sin consentimiento del otro no son nulos.
Por tanto el acto dispositivo sobre bien ganancial integrado en comunidad postmatrimonial (en el caso concreto objeto de la sentencia, el arrendamiento con opción de compra),
.-Produce efectos obligacionales entre las partes y sus herederos, por lo que los hijos de los otorgantes (en este caso los hijos del cónyuge fallecido) no pueden impugnarlo.
.-No vincularía al cónyuge sin cuyo consentimiento se otorgó el acto dispositivo y que expresa o tácitamente no lo presta con posterioridad (en este caso la viuda).
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