Observatorio

Civil

Publicación: BOE 5/03/2019

REAL DECRETO LEY 7/2019 DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE VIVIENDA Y ALQUILER

Este Real Decreto introduce varias modificaciones en materia de vivienda y alquiler. Modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos en materia de alquiler de vivienda, y establece en 5 años el periodo de prórroga obligatoria y en 7 años si el arrendador es persona jurídica; y posteriormente prórrogas tácitas anuales durante un máximo de 3 años más salvo comunicación en contra efectuada con 4 meses de antelación en el caso de arrendador y 2 meses en el caso del arrendatario. Se fija en 2 mensualidades de renta la cuantía máxima de las garantías adicionales a la fianza que pueden exigirse al arrendatario, salvo que se trate de contratos de larga duración. Y los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato son a cargo del arrendador cuando sea persona jurídica. 

Se modifica también la Ley de Propiedad Horizontal entre otros aspectos, incrementando hasta el 10 % del último presupuestos ordinario la cuantía del fondo de reserva, y estableciendo mayorías cualificadas para limitar o condicionar la existencia de viviendas de uso turístico.

El título III modifica el procedimiento de desahucio exigiendo que se fije por el órgano judicial día y hora exacta del lanzamiento e introduciendo el trámite de comunicación a los servicios sociales cuando pudiera afectar a hogares vulnerables, suspendiéndose el procedimiento hasta que los servicios sociales adopten las medidas oportunas con el máximo de 1 mes (3 meses cuando el demandante sea persona jurídica)

El título IV introduce entre otras, medidas sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles.

El Real Decreto Ley entra en vigor el día 6 de marzo de 2019.

Puedes acceder al texto íntegro de la disposición en el apartado de DESCARGAS.