Observatorio
Civil
Ponente(s): NOTA SALA CIVIL TRIBUNAL SUPREMO
Publicación: 24/01/2019
Órgano: TRIBUNAL SUPREMO
DOCTRINA JURISPRUDENCIAL SOBRE CLÁUSULAS ABUSIVAS; COMISIÓN DE APERTURA, IAJD, ARANCELES DE NOTARIO Y REGISTRADOR Y GASTOS DE GESTORÍA.
El Gabinete Técnico de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha publicado una Nota con la doctrina jurisprudencial aplicable al respecto.
En cuanto a la comisión de apertura, considera que el interés remuneratorio y la comisión de apertura constituyen sendas partidas del precio del préstamo, por lo que no es susceptible de control de continido sino sólo de transparencia, que entiende cumplido.
En cuanto a los efectos de la declaración de nulidad:
.- Arancel de notario. Los costes de la matriz de la escritura de constitución y modificación del préstamo hipotecario son por mitades, y el de la escritura de cancelación corresponde al prestatario. Las copias de las distintas escrituras deberá abonarlas quien las solicite.
.- Arancel Registral. Corresponde su pago al Banco prestamista por ser a cuyo favor se inscribe. En cambio la inscripción de la escritura de cancelación registral corresponde al prestatario.
.- IAJD. El sujeto pasivo es el prestatario, recordando que el RD Ley 17/2018 solamente es aplicable a los contratos de préstamo hipotecario celebrados con posterioridad a su vigencia.
.- Gastos de Gestoría. Su pago se distribuirá por mitades.
Puedes acceder al texto íntegro de la resolución en el apartado Descargas.