Observatorio

Civil

Ponente(s): NOTA SALA CIVIL TRIBUNAL SUPREMO

Publicación: 24/01/2019

Órgano: TRIBUNAL SUPREMO

DOCTRINA JURISPRUDENCIAL SOBRE CLÁUSULAS ABUSIVAS; COMISIÓN DE APERTURA, IAJD, ARANCELES DE NOTARIO Y REGISTRADOR Y GASTOS DE GESTORÍA.

El Gabinete Técnico de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha publicado una Nota con la doctrina jurisprudencial aplicable al respecto.

En cuanto a la comisión de apertura, considera que el interés remuneratorio y la comisión de apertura constituyen sendas partidas del precio del préstamo, por lo que no es susceptible de control de continido sino sólo de transparencia, que entiende cumplido.

En cuanto a los efectos de la declaración de nulidad:

.- Arancel de notario. Los costes de la matriz de la escritura de constitución y  modificación del préstamo hipotecario son por mitades, y el de la escritura de cancelación corresponde al prestatario. Las copias de las distintas escrituras deberá abonarlas quien las solicite.

.- Arancel Registral. Corresponde su pago al Banco prestamista por ser a cuyo favor se inscribe. En cambio la inscripción de la escritura de cancelación registral corresponde al prestatario.

.- IAJD. El sujeto pasivo es el prestatario, recordando que el RD Ley 17/2018 solamente es aplicable a los contratos de préstamo hipotecario celebrados con posterioridad a su vigencia.

.- Gastos de Gestoría. Su pago se distribuirá por mitades.

Puedes acceder al texto íntegro de la resolución en el apartado Descargas.