Observatorio
Civil
Ponente(s): D. Eduardo Baena Ruiz
Publicación: 15/06/2018
Órgano: Sala de lo Civil del Tribunal Supremo
Sentencia: 360/2018
Recurso: 2228/2015
REALIZACIÓN DE ACTOS PROCESALES EL ÚLTIMO DÍA DEL PLAZO QUE NO PERMITEN LA SUBSANACIÓN A REQUERIMIENTO DEL ÓRGANO JUDICIAL
La Sala de lo Civil señala que la presentación de escritos el último día del plazo - entendiéndose por tal el previsto en el artículo 135 de la LEC- supone que la parte carece ya de plazo para subsanar las omisiones en las que ha podido incurrir, constituyéndose dichas omisiones en insubsanables. Puedes consultar la sentencia en el siguiente enlace.