Observatorio

Civil

Ponente(s): D. Eduardo Baena Ruiz

Publicación: 15/06/2018

Órgano: Sala de lo Civil del Tribunal Supremo

Sentencia: 360/2018

Recurso: 2228/2015

REALIZACIÓN DE ACTOS PROCESALES EL ÚLTIMO DÍA DEL PLAZO QUE NO PERMITEN LA SUBSANACIÓN A REQUERIMIENTO DEL ÓRGANO JUDICIAL


La Sala de lo Civil señala que la presentación de escritos  el último día del plazo - entendiéndose por tal el previsto en el artículo 135 de la LEC-  supone que la parte  carece ya de plazo para subsanar las omisiones en las que ha podido incurrir, constituyéndose dichas omisiones en insubsanables. Puedes consultar la sentencia en el siguiente enlace.