2021

Nuevas restricciones y horario del ICAVA

18 enero 2021

Queridas compañeras y compañeros:

El pasado 16 de enero de 2021 se publicaron en el BOCyL tres acuerdos, todos ellos de 15 de enero, de la Junta de Castilla y León, y con efecto desde las 20:00 horas del día 16 de enero, manteniendo su eficacia mientras esté declarado el estado de alarma, sin perjuicio de que sean objeto de seguimiento y evaluación continua con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria y, en virtud de ello, puedan ser modificados o dejados sin efectos. En concreto:

  • ACUERDO 2/2021, por el que se determinan las horas de comienzo y finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno (ACCEDER). 
  • ACUERDO 3/2021, por el que se adoptan medidas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 (ACCEDER). 
  • ACUERDO 4/2021, por el que se dispone la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de cada una de las provincias de la Comunidad de Castilla y León (ACCEDER). 

En dichos acuerdos se establecen diversas medidas restrictivas, siendo las más relevantes, en lo que al desempeño de nuestra profesión puedan afectar, las siguientes:

  • Se fija como hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno a las 20:00 horas, y se establece como hora de finalización de dicha limitación las 06:00 horas. 
  • Durante las horas de vigencia de la referida limitación, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las actividades previstas en el artículo 5.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma, entre las que figura, en el apartado d) de dicho artículo, el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. 
  • La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, y en espacios de uso privado, queda condicionada a que no se supere el número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes, excluyéndose de dicha limitación las actividades laborales e institucionales, y aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable. 
  • Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de cada una de las provincias de la Comunidad de Castilla y León, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan, entre otros motivos, para el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. 

Para el cumplimiento de las citadas medidas, hemos acordado modificar el horario de tarde de apertura al público de la sede colegial, adelantando la apertura y cierre, quedando así a partir de hoy fijado desde las 16:30 horas y hasta las 19:30 horas.

Aprovechamos en todo caso para insistir en que la mejor de las medidas para contener la expansión del virus es la responsabilidad personal, por lo que creemos oportuno reiterar la importancia de respetar, ahora más que nunca, las medidas sanitarias de uso de mascarilla, lavado de manos y distancia de seguridad interpersonal, así como la colaboración con las personas de seguridad encargadas de garantizar el respeto de dichas medidas.

En la esperanza de que entre todos podamos contribuir a la mejora de la actual situación sanitaria, recibid un fuerte abrazo. 

 

La Junta de Gobierno.