2020
Notificaciones de las resoluciones judiciales durante el estado de alarma
21 abril 2020
Queridos compañeros y compañeras:
Por su interés, os damos traslado de Circular 2/2020 de la Secretaria de la Administración de Justicia (Ver enlace) que regula las notificaciones en los expedientes judiciales durante la vigencia del estado de alarma.
En dicha resolución, se establecen una serie de recomendaciones que os transcribimos a continuación:
- Que se notifiquen todas las resoluciones que se dicten en los procesos en curso (tanto esenciales o urgentes como en el resto de asuntos) y tanto si se trata de resoluciones de trámite como finales.
- La notificación telemática como regla general.
- El que, mientras los plazos sigan suspendidos, cuando una resolución notificada de lugar a un plazo concreto que no se encuentre suspendido por tratarse de uno de los supuestos declarados urgentes o esenciales, se haga constar esta circunstancia expresamente en la resolución.
De igual modo, podéis a través del siguiente ENLACE podéis consultar la nota publicada por el CGPJ sobre acuerdos adoptados por la Comisión Permanente en el mismo sentido, en la que además, se recuerda que, cuando se notifiquen resoluciones dictadas en procedimientos no declarados esenciales, la notificación que se practique no dará lugar al levantamiento de los plazos que fueron suspendidos por el Real Decreto de 14 de marzo por el que se declaró el estado de alarma.
En la confianza de que esta información resulte de interés, recibid un abrazo de vuestros compañeros.
La Junta de Gobierno.