2020

Medidas para hacer frente a la situación provocada por el COVID-19 acordadas por Mutualidad de la Abogacía y TGSS

03 abril 2020

Queridos compañeras y compañeros,

Desde el Colegio, estamos en contacto tanto con la Mutualidad de la Abogacía como con la TGSS, al objeto de conocer aquellas medidas a las que podemos acceder los abogados y abogadas de Valladolid en relación con el pago de las cuotas, en función de nuestra adscripción al RETA o a la Mutualidad de la Abogacía, y a continuación os transcribimos las opciones que nos trasladan ambas entidades:

MUTUALIDAD DE LA ABOGACÍA.

Las posibilidades que nos ofrece la Mutualidad en relación con las cuotas que se abonan como mutualista, son las siguientes:

Pese a que se publicitó con plazo hasta el día 1 de abril, todavía es posible el aplazamiento y prorrateo a 6 o 12 meses de las cuotas correspondientes a los meses de abril, mayo y junio (VER ENLACE) de aquellos mutualistas que lo soliciten. Si bien, dado que a esta fecha se han girado los recibos correspondientes al mes de abril, ya sean mensuales o trimestrales, si no lo habéis formalizado ya, deberíais proceder a devolverlos y, simultáneamente, notificárselo a la Mutualidad solicitando el aplazamiento y la forma de pago, en seis o doce meses.

También nos ponen de manifiesto que, de forma individualizada y tal y como habilita la normativa de la Mutualidad, podría solicitarse de la Junta de Gobierno una restructuración del calendario de pago de las cuotas, de forma que durante el tiempo en que, debido a la presente crisis, dispongamos de menor liquidez, podamos reducir nuestras cuotas, o incluso, suspenderlas, siempre que se compensen en futuros ejercicios, garantizando que todas las cuotas previstas en el Plan sean finalmente satisfechas, restructuración que, en todo caso debe aprobarla la Junta de Gobierno de la Mutualidad.

Por último, en caso de cese en la actividad profesional, pueden suspenderse las aportaciones, siempre bajo la supervisión de la Seguridad Social.

Todas estas operaciones, podéis gestionarlas a través de la web o de la App de la Mutualidad de la Abogacía.

También nos solicitan que os traslademos que, desde la Confederación Española de Mutualidades, se ha solicitado a la Vicepresidencia Económica del Gobierno y al Ministerio de Seguridad Social la extensión de las medidas especiales de protección a autónomos que ha publicado recientemente el gobierno, al colectivo de mutualistas alternativos, en la medida que dichas ayudas extraordinarias van a financiarse, según parece, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

T.G.S.S.

Las medidas acordadas (con base en el Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo) son las siguientes:

En primer lugar, los autónomos y empresas podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas que deberían abonarse en el mes de abril con un interés reducido del 0,5%, interés siete veces inferior al actualmente establecido. Para acceder a estos aplazamientos, debe tratarse de empresas o autónomos, afectados desde y por la situación provocada por el COVID-19. Por ello las empresas y trabajadores que se beneficien de este tipo de aplazamientos, no pueden tener otro aplazamiento en vigor concedido anteriormente y deben solicitarlo antes del transcurso de los diez primeros días naturales del mes de abril, para evitar la facturación de la cuota.

Por otro lado, se ha dado luz verde a una moratoria a pymes y autónomos de hasta seis meses para el pago de las obligaciones con la Seguridad Social. De esta forma, se podrán demorar sin intereses ni recargos los pagos de las cotizaciones que deban efectuarse en los meses de mayo, junio y julio. Estas cuotas se deberán abonar seis meses después. Los requisitos para poder solicitar esta moratoria se establecerán a través de una Orden Ministerial y se pondrán en marcha modos ágiles para los autorizados de comunicación de solicitudes y respuesta por la Administración, de los que se informarán debidamente. Las solicitudes de moratoria deberán comunicarse a la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los 10 primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso correspondientes.

Además, las empresas y autónomos que pudieran no tener derecho a la moratoria también podrán solicitar el aplazamiento antes mencionado al 0,5% durante los periodos de pago de mayo y junio.

Por último, se han ampliado las gestiones que pueden realizar los autorizados en el Sistema RED. A partir de ahora, y con el objetivo de agilizar los trámites, los autorizados RED estarán habilitados para presentar los aplazamientos en el pago de deudas, las moratorias en el pago de cotizaciones y las devoluciones de ingresos indebidos.

Por otro lado, nos indican que la Tesorería General de la Seguridad Social, a partir de hoy viernes, pondrá a disposición de los autorizados un nuevo aplicativo en el ámbito del Sistema RED, denominado CASI@. Este aplicativo se ha concebido como un servicio exclusivo para los autorizados, con el objetivo de que facilite a éstos la presentación de solicitudes, permitiendo canalizar de modo adecuado los trámites a las que hará referencia el nuevo texto normativo.

En la confianza de que esta información resulte de vuestro interés, recibid un abrazo de vuestros compañeros.

 

La Junta de Gobierno.