Sección de Derecho de Familia

Jurisprudencia comentada - Sección de Derecho de Familia

25 abril 2022

MODIFICACION DE MEDIDAS.REDUCION PENSIÓN DE ALIMENTOS Y EXTINCIÓN PENSION DE ALIMENTOS. AUMENTO PENSIÓN DE ALIMENTOS. DENEGACION.  La audiencia confirma la sentencia del juzgado de instancia 3 de Valladolid. Padre solicita la extinción de pensión de alimentos de uno de sus hijos por la mala aplicación de los estudios de su hijo y le deniegan la extinción en base a que el padre no ha interesado prueba alguna que permita conocer si esa mala aplicación se debe a una decisión personal suya libre y consciente o, por el contrario, está influida por su situación médica y psiquiátrica., ya tuvo varios intentos de suicido. Respecto al otro hijo, deniega la temporalización ya que dicho hijo está cursando con aprovechamiento un grado superior, por lo que ningún motivo hay para temporalizar la pensión pues, dada la situación económica actual, finalizada la formación, es posible, incluso probable, que tenga dificultades para acceder al mercado laboral por más que se aplique a ello, y subsistirá entonces la necesidad de la pensión. Signos externos. El padre ha pasado de ganar 40.000 a ganar 17.000 el año pero en el juicio reconoce que dispone coche de empresa, que la empresa le paga dietas, que no tiene gastos de casa, pues vive en una casa cedida por la madre y se ha venido haciendo cargo de diversos gastos de sus hijos, entre ellos una semana blanca en Cardancho, o diversas mensualidades y matrículas de cursos académicos y  aunque objetivamente los ingresos del padre han disminuido, sus gastos de manutención son escasos y existen en autos indicios de que percibe más ingresos de los que declara. Por tal motivo, no procede reducir las pensiones en los términos interesados por el padre. Aumento pensión de alimentos. Pero tampoco procede aumentar la pensión en los términos interesados por la madre, dada la objetiva reducción del sueldo del padre, la falta de una prueba fidedigna de cuáles son sus reales ingresos (su condición de dueño o empresario y no de mero trabajador no puede deducirse, como sostiene la madre, de una mera y equívoca conversación telefónica con un tercero) y, por otro lado, dada la existencia de ciertos indicios de riqueza en la madre: vive en una conocida urbanización de alto nivel de la ciudad; no se ha negado en ningún momento el hecho invocado de contrario de que la madre y ambos hijos disponen cada uno de ellos de un automóvil; los hijos acuden dese siempre a centros privados de enseñanza, incluso con internado, tanto en la ESO como en sus estudios posteriores; y el psiquiatra que trató a Florián se hace eco en su informe de que tienen una casa en Santander-Sentencia Audiencia provincia Valladolid de 30 diciembre 2021. Número Sentencia: 495/2021 Número Recurso: 421/2021 . Ponente: [/tol/busquedaJurisprudencia/search?ponente=24333]FRANCISCO JAVIER CARRANZA CANTERA .Origen instancia 3