Sección de Derecho de Familia
Jurisprudencia comentada - Sección de Derecho de Familia
07 febrero 2022
MODIFICACION DE MEDIDAS. GASTOS EXTRAORDINARIOS DISTINCION CENTRO PUBLICO O PRIVADO. ACLARACION DE SENTENCIA. En la sentencia de modificación de medidas no dice nada sobre la pensión de alimentos y en el auto de aclaración la establece. Una de las partes recurre y la audiencia desestima el recurso diciendo, El motivo debe ser desestimado porque, aunque en el fallo de la sentencia no se indica nada sobre la pensión alimenticia de 150 €/mes en favor del hijo mayor que convive con el padre, tal pensión estaba prevista en el fundamento de derecho segundo. EN CUANTO A LOS GASTOS EXTRAORDINARIOS, la sentencia no hace diferencia entre si el centro es público o privado y el reparto de los gastos y la audiencia establece Establecer que los gastos extraordinarios relativos a los importes de las matrículas de estudios obligatorios y superiores, formación profesional, oposiciones, máster, doctorados y otros similares serán abonados al 50% por ambos progenitores similares, siempre que los mismos sean cursados en colegios, institutos o cualquier otro tipo de centro de carácter público, salvo que se hayan acordado expresamente y de común acuerdo por ambos progenitores. Sentencia Audiencia provincial de Valladolid de 24 de marzo 2021. Número Sentencia: 127/2021 Número Recurso: 26/2020. Ponente:FRANCISCO JAVIER CARRANZA CANTERA. Origen juzgado mixto