Sección de Derecho de Familia
Jurisprudencia comentada - Sección de Derecho de Familia
07 febrero 2022
DETERMINACION COMO GASTOS EXTRAORDINARIOS CARNE DE CONDUCIR, MATRICULA UNIVERSIDAD, las clases particulares de asignaturas matriculadas en la Universidad, los gastos de ortodoncia y gafas así como los derivados de las clases particulares de inglés." El Carnet de conducir es no es superfluo ni de capricho, en el orden social actual, sino que incluso puede resultar conveniente y puede representar un requisito a cumplimentar para acceder a alguna opción de trabajo u ocupación, incluso remunerada, etc., . En cuanto a la matrícula universitaria y gastos de desplazamiento a la universidad, no se considera extraordinario, y ello, porque Fueron los propios litigantes los que determinaron qué gastos tendrían la naturaleza de extraordinarios y entre ellos no incluyeron los que supondrían cursar estudios universitarios que era previsible que la hija seguiría dada su proyección académica y la intención de los padres . Sentencia Audiencia provincial de Valladolid de 10 mayo 2021. Número Sentencia: 64/2021 . Ponente: Francisco Salinero Román. Origen instancia