Sección de Derecho de Familia

Jurisprudencia comentada - Sección de Derecho de Familia

27 diciembre 2021

OPOSICION A LA EJECUCION DE PAGOS DE KARATE, BALLET, FLAMENCO DENTISTA. SOBRE EL NO CONSENTIMIENTO Y LA COMPENSACIÓN y LA IMPORTANCIA DEL CONCEPTO EN LA TRASFERENCIA. Madre que solicita el abono de las clases de karate, ballet, flamenco y dentisa.se deduce de los watsap cruzados entre las partes que el padre no acepta los de karate, ballet y flamenco con carácter general al margen de que se haya hecho cargo voluntariamente de algunos de modo puntual. Por tanto es acertada la decisión de la Juzgadora de estimar la oposición por los gastos no consensuados sin perjuicio de que las partes puedan acudir al trámite del art.776. 4 de la L.E.Civil. Pero ha de admitirse su alegato y el del Ministerio Fiscal de que el padre no ha demostrado que ha abonado la mitad de los gastos de dentista, que sí se trata de un gasto extraordinario conforme a la ejecutoria, y no puede considerarse prueba suficiente del pago el justificante de la transferencia realizada por importe de 191 euros porque el documento solo se refiere a libros sin expresarse el concepto de los gastos de dentista. No se pueden aceptar los alegatos del ejecutado de que se pactaron compensaciones por haber adquirido zapatos o medias de la menor porque no resultan probadas exigiendo el art. 556 de la L.E.Civil que para su efectividad los pactos o transacciones entre las partes han de constar en documento público lo que no es el caso. Sentencia Audiencia provincial de Valladolid de 21 de junio 2021. Número Sentencia: 90/2021 . Ponente: [/tol/busquedaJurisprudencia/search?ponente=646]Francisco Salinero Román .Origen instancia 13