Sección de Derecho de Familia
Jurisprudencia comentada - Sección de Derecho de Familia
20 diciembre 2021
EJECUCION. DOBLE INTERPRETACION DE LA SENTENCIA. La sentencia de divorcio dice El padre estará en compañía de su hija todos los fines de semana alternos desde el viernes a la salida del centro escolar de la menor, hasta el lunes, la semana que el padre esté en turno de tarde, que la reintegrará su progenitor al centro escolar. El auto recurrido dice ahora que las visitas, tanto los fines de semana, como los martes y jueves, se realizarán cuando el padre tenga turno de mañana porque de lo contrario el padre no podría recoger a la menor el viernes a la salida del colegio. El auto recurrido realiza, en realidad, una lectura correctora de la sentencia de divorcio a la que se han allanado ambas partes, aunque la vía más adecuada para ello debería haber sido la aclaración del auto, de oficio o a instancia de cualquiera de las partes. Pero resulta obvio que la propia redacción de la sentencia de divorcio abocaba a una situación inconveniente que impedía que el régimen de visitas cumpliera la finalidad para la que está concebido, y abría a la puerta a las dos posturas de los progenitores: una, la de la madre, amparada por la redacción literal de la sentencia; otra, la del padre, amparada por el espíritu y finalidad de las visitas. Sentencia Audiencia provincial de Valladolid de 30 junio 2021. Número Sentencia: 103/2021. Ponente: FRANCISCO JAVIER CARRANZA CANTERA. Origen instancia 13