Sección de Derecho de Familia

Jurisprudencia comentada - Sección de Derecho de Familia

01 noviembre 2021

EJECUCIÓN POR IMPAGO DE PENSIÓN DE ALIMENTOS. INTERPRETACIÓN SOBRE LO ESTABLECIDO EN EL CONVENIO REGULADOR. El convenio regulador dice lo siguiente respecto a la pensión de alimentos “El marido ingresará en la cuenta que designe la esposa la cantidad total de 473,55 euros mensuales en concepto de pensión alimenticia para sus dos hijos menores( Bruno y Basilio ) y para su hija Carlota aún no independizada, durante los meses de Junio, Julio y Agosto de 2003” Es decir, se pone el término menores para diferenciar a los hijos, pero no con la intención que refiere el padre de extinguir la pensión cuando cumplan la mayoría de edad, en el propio convenio el padre se obliga a pagar pensión de alimentos a la hija mayor de edad Carlota hasta su independencia económica." "El ejecutado si considera que debe dejarse sin efecto la pensión de alimentos de su hijo Basilio deberá acudir a un procedimiento de modificación de medidas y no alegarlo en este procedimiento. Sentencia Audiencia provincial de Valladolid de 26 abril 2021. Número Sentencia: 57/2021 Ponente: [/tol/busquedaJurisprudencia/search?ponente=411]Emma Galcerán Solsona .Origien instancia 3