Sección de Derecho de Familia

Jurisprudencia comentada - Sección de Derecho de Familia

01 noviembre 2021

COBRO INDEBIDO DE PENSIÓN DE ALIMENTOS Y PENSIÓN COMPENSATORIA. Se declara que ex marido No tiene derecho a un reembolso por lo abonado de mas de la pensión de alimentos ya que el actor pagó alimentos para su hijo en cantidad superior a la debida, pero ese exceso no lo cobró para sí la ahora demandada, es decir, para integrarlo en su patrimonio, sino para aplicarlo a la alimentación de la hija común. Y las cantidades así percibidas en exceso fueron lógicamente consumidas en necesidades perentorias de la vida del hijo. Por todo ello, lo cobrado por exceso y ya consumido en alimentos no resulta reembolsable., en cuanto a la pensión compensatoria reconoce que si que hay un derecho de reembolso ya que La pensión compensatoria no tiene el mismo fundamento que los alimentos para el hijo menor, no se funda en los deberes éticos y legales inherentes a la patria potestad. Sentencia Audiencia provincial de Valladolid de 11 junio 2021. Número Sentencia: 259/2021. Ponente: [/tol/busquedaJurisprudencia/search?ponente=24333]FRANCISCO JAVIER CARRANZA CANTERA .Origen instancia 5