Sección de penitenciario

Comunicaciones de presos/as con abogados/as sin barreras físicas

10 junio 2024

COMUNICACIONES DE PRESOS/AS CON ABOGADOS/AS SIN BARRERAS FÍSICAS:

Hasta este momento las comunicaciones dentro de prisión entre personas privadas de libertad y sus defensas las hemos venido desarrollando en locutorios específicos dotados de elementos estructurales que nos impiden el contacto físico, aunque es cierto que algunas resoluciones judiciales novedosas han establecido la posibilidad de comunicaciones sin barreras físicas para facilitar intercambio y consulta de documentos y visionado de documentos digitalizados, con autorización al letrado/a de llevar un portátil o Tablet al efecto.

La novedad reside en la Instrucción 2/2024 SGIP, firmada el 28/05/2024, que obliga a la dirección de los Centros Penitenciarios iniciar gestiones para, de acuerdo con las posibilidades arquitectónicas, habiliten una dependencia para celebrar comunicaciones sin separación física entre personas privadas de libertad y abogados/as defensores o integrantes del SOAJP.

Así pues, el/la letrado/a, con antelación suficiente, debe solicitar al Centro Penitenciario la comunicación sin barreras físicas y en su caso informar que portará ordenador o Tablet. En el caso de los SOAJP entiendo que bastaría con una comunicación genérica inicial.

El Centro Penitenciario contestará indicando la fecha y hora para la celebración de la comunicación o en caso de denegar motivará las razones concretas e individualizadas. Es motivo de denegación la existencia de resolución judicial de intervención de las comunicaciones.

En la contestación se hará constar el material informático autorizado por la Dirección del Centro con indicaciones de su uso: apagado hasta entrar en dependencia habilitada, no contar con elemento para captar imagen o estar inhabilitados, no contar con posibilidad de comunicación telefónica…etc con exterior o estar inhabilitados; pudiendo establecer las medidas necesarias de seguridad en el uso de dispositivos, sin perjudicar derecho de defensa.

Llegado el día de la comunicación:

- El/la letrado/a acreditará su identidad, llevará volante Colegio Abogacía como defensor/a de determinada causa, llevará volante expedido por autoridad judicial en casos de terrorismo o bandas o grupos armados o en caso de SOAJP la relación de profesionales remitida por el Colegio.

- El/la interno/a presentará documento identificativo interno, cederá huella dactilar a la entrada y a la salida y podrá llevar documentos relacionados con su defensa; siendo sometidos/as a cacheos de palpación y raqueta detectora de metal previos y posteriores a la comunicación.

- Se permite un control del desarrollo de la comunicación únicamente visual por funcionario/a.

- La comunicación quedará registrada en el sistema como cita profesional.

Se acoge pues una reivindicación histórica de los SOAJPS (Conclusiones de las XXIV Jornadas de los Servicios de Orientación Jurídica Penitenciaria 2022) y ahora son las Direcciones de los Centros Penitenciarios las que deben iniciar gestiones para, en función  de las posibilidades arquitectónicas y de espacios disponibles, habilitar una dependencia para poder llevar a cabo las comunicaciones, incluidas las de los SOAJPS, sin separación física y con posibilidad de control exclusivamente visual.

Esperemos que las posibilidades y la disponibilidad no sean un hándicap para el ejercicio de este derecho.

Ramón Sanz de la Cal
Abogado SOAJP Valladolid