2020

Centralita de guardias

23 junio 2020

Queridos compañeros y compañeras:

Aunque ya se había propuesto y aprobado con anterioridad, en la situación de emergencia sanitaria actual se hace imprescindible optar por un sistema de gestión de los cambios de guardia y de los avisos para las asistencias, que estuviera dotado de una más segura trazabilidad, y que permitiera una mejor planificación de la guardia, evitando asimismo desplazamientos para los cambios de guardia y acumulación de abogados y abogadas durante dichos cambios, que ya empezaban a ser innecesarios, pero que ahora resultan además desaconsejables.

Por ello, hemos procedido a la instalación de una Centralita de Guardias, a través de la cual se gestionarán los desvíos de las llamadas durante los diferentes servicios de guardia a cargo del ICAVA cuyo ámbito de aplicación se limita al partido judicial de Valladolid, quedando registradas todas las llamadas, con fecha, hora y duración, así como las llamadas no contestadas o rechazadas, lo que permitirá justificar eventuales quejas derivadas de llamadas no atendidas.

La Centralita de Guardias entrará en funcionamiento a las 00:00 horas del próximo 1 de julio de 2020, afectando ésta a los servicios de guardia en Valladolid capital, existiendo dos números específicos, uno de ellos integrado además por once extensiones:

1.- Servicios de guardia: A través del teléfono 983 449 220, en el que aparecerá una locución informando de las extensiones para contactar con los diferentes servicios de guardia, y que serán:

  • Extensión 1: Jefe de Guardia de Asistencia a Detenidos.
  • Extensión 2: Segundo de Guardia de Asistencia a Detenidos.
  • Extensión 3: Tercero de Guardia de Asistencia a Detenidos.
  • Extensión 4: Jefe de Guardia de Juicios Rápidos.
  • Extensión 5: Segundo de Guardia de Juicios Rápidos.
  • Extensión 6: Jefe de Guardia de Menores.
  • Extensión 7: Segundo de Guardia de Menores.
  • Extensión 8: Jefe de Guardia de Violencia de Género.
  • Extensión 9: Segundo de Guardia de Violencia de Género.
  • Extensión 10: Guardia de Extranjería.
  • Extensión 11: Guardia de Agresiones Sexuales.

2.- SOJ CEAS: A través del teléfono 983 449 217, en el que aparecerá una locución informando del horario de atención del servicio, desviando tras la misma la llamada directamente al móvil del abogado o abogada de guardia si aquella se produce dentro del horario indicado. En caso de realizarse la llamada fuera del horario, tras la locución se colgará la llamada.

Respecto a la prestación del servicio de guardia, el sistema es sencillo, ya que desde la secretaría del Colegio se desviarán las extensiones de los diferentes servicios de guardia a los móviles de los compañeros y compañeras designados para la prestación del servicio. Por ello, resulta de suma importancia que tengáis en cuenta que la guardia es personal y deber ser atendida por el compañero o compañera a la que le fuera previamente asignada, si bien se permiten los cambios y sustituciones en las guardias, en los términos establecido en el artículo 22 del Reglamento del Turno de Oficio del ICAVA, que deberán en todo caso ser comunicados por escrito a la Secretaría del Colegio con al menos 24 horas de antelación, no atendiéndose aquellos cambios que hubieran sido comunicados en un plazo inferior, salvo que concurran circunstancias extraordinarias sobrevenidas que impidan al profesional la prestación del servicio asignado. Y todo ello sin perjuicio de la depuración de las posibles responsabilidades disciplinarias en que pudiera haberse incurrido, con las consecuencias recogidas en el artículo 26 del referido Reglamento.

Al igual que venía realizándose hasta ahora, al Letrado o Letrada de mayor antigüedad le corresponden las funciones de coordinación de la guardia, recibiendo éste las peticiones de asistencias de los Juzgados y centros de detención, distribuyéndolas de forma equitativa entre los integrantes de la guardia y de acuerdo con las necesidades del servicio. Para la comunicación interna entre los letrados y las letradas que estén desarrollando el servicio de guardia, se deberá usar la centralita, indicando la extensión correspondiente al compañero o compañero que con quien se quiere comunicar, según el listado antes referido, pudiendo además consultar a través del siguiente ENLACE la relación de teléfonos cuyo uso es más frecuente en la prestación de guardias.

En cuanto a los cambios de guardia, el relevo ya no se produciría en dependencias colegiales, sino mediante un cambio automático del desvío de la llamada al teléfono móvil facilitado por el Letrado de guardia, y dicho cambio se producirá siempre a las 00:00 horas de cada día, con independencia de que este sea hábil o no, o a las 00:00 horas del día que corresponda el cambio de guardia de acuerdo con la duración del servicio en aquellos supuestos de servicios de guardia de duración superior a las 24 horas.

Por lo tanto, no siendo presencial el relevo de la guardia, en las guardias cuya duración sea semanal (Menores), si el día de finalización del servicio se correspondiera con un día inhábil, ya no se extenderá el relevo al día siguiente hábil, sino en la fecha de finalización correspondiente.

Resulta por tanto imprescindible contar con un teléfono móvil de cada uno de los profesionales que prestáis los servicios de guardia, por lo que, si aún no lo has facilitado, deberás comunicar a la Secretaría del ICAVA el número del teléfono móvil al que quieres que se desvíen las llamadas y avisos generados durante tus guardias.

Estos cambios tienen como única finalidad la de mejorar las condiciones de prestación de los servicios de turno de oficio, y hacer más sencilla, rápida y segura su gestión.

Quedamos en todo caso a vuestra disposición para cuantas aclaraciones preciséis, agradeciendo vuestro esfuerzo y colaboración, y hasta tanto recibid un abrazo de vuestros compañeros.

 

La Junta de Gobierno.