2020
Acuerdo del Decanato, nuevas medidas tributarias e informe del CGAE frente a las medidas propuestas por el CGPJ
16 abril 2020
Queridos compañeros y compañeras:
En primer lugar, agradeceros a todos la respuesta a la solicitud de presentación escalonada de escritos, y tan solo en asuntos ya en trámite.
El número de asuntos presentados ayer, ha seguido la línea recomendada, y nos permite tener confianza en que, si mantenemos este mismo criterio, recibiremos antes las notificaciones pendientes, podremos evitar que el sistema colapse, y volver antes a la normalidad de nuestros despachos.
El Decanato de los Juzgados de Valladolid, nos ha comunicado la adopción de un acuerdo que podéis examinar a través del presente enlace, en el que pone de manifiesto que continúa restringido el acceso a dependencias judiciales para el público, salvo que tengan una citación previa, y en lo que se refiere a los profesionales, salvo para la realización de actuaciones judiciales presenciales en relación con procedimientos catalogados como urgentes o como servicios esenciales por las resoluciones dictadas por el MJU y el CGPJ.
Por otro lado, en materia tributaria, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias al día 20 de mayo de 2020.
Como podéis observar en el texto del Real Decreto (Ver enlace), se extiende dicho plazo para todos los obligados tributarios, siempre que:
a) Se trate de declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto (alcanzando, por lo tanto, a las declaraciones de IRPF e IVA con presentación el 20 de abril).
b) El volumen de operaciones del obligado tributario no sea superior a 600.000 euros.
Conviene recordar que, como ya os hemos indicado en correos anteriores, el artículo 14 del Real-Decreto Ley 7/2020 de 12 de marzo, que podéis consultar en el apartado “Información actualizada COVID-19”, permite el aplazamiento del pago de la deuda tributaria hasta seis meses, y sin intereses de demora los 3 primeros meses, siempre que se cumplan determinadas condiciones. La forma de realizar el aplazamiento podéis consultarla en la página de la AEAT a través de este enlace.
En otro orden de cosas, el CGAE, reuniendo los diferentes informes preparados por los Colegios de Abogados, ha elaborado un documento que ha trasladado ya al CGPJ, en el que se recoge la respuesta de la Abogacía frente al Documento de propuestas que presentó el órgano de Gobierno judicial. Podéis consultar dicho informe en el presente enlace.
En la confianza de que esta información resulte de vuestro interés, recibid un abrazo de vuestros compañeros.
La Junta de Gobierno.