Órgano: Tribunal de Justicia dela Union Europea, sala tercera
Sentencia: 266/2014 de 10 de septiembre de 2015
Ponente(s): Aindrias O Caoimh
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AMPLIACIÓN DEL CONCEPTO DE TIEMPO DE TRABAJO.El TJUE, aclara, en una sentencia relativa a una cuestión prejudicial instada por la A.N., qué es tiempo de trabajo. En los casos en que un trabajador de una empresa, que no tiene un centro de trabajo definido(“oficina”), el tiempo que transcurre desde que sale de su domicilio hasta que llega al primer cliente, así como el trayecto de vuelta a su domicilio, tanto de primeros clientes como de últimos, se considera tiempo de trabajo. La deslocalización de la empresa es una decisión empresarial que no debe afectar al trabajador, que sigue subordinado al poder de dirección empresarial, aun mientras realiza un trayecto desde o hasta su domicilio.