Fecha: 01 octubre 2009

Se adapta la legislación española a la aplicación de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía.

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de Ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía.
Estos procesos tienen aplicación únicamente en litigios transfronterizos. Sin embargo, el hecho de que algunas normas sean más favorables que las de la legislación nacional obliga a introducir las modificaciones que permitan al acreedor residente en España no estar en peor situación que el residente en otro país de la Unión cuyo acreedor esté en España.
Cabe destacar de esta reforma que agilizará el cobro de deudas ante los tribunales, lo que resultará muy práctico en operaciones comerciales que afectan sobre todo a pequeños y medianos empresarios, y que elevará de 900 a 2.000 euros la cantidad para la que no es precisa la intervención de abogado y procurador en los procesos de escasa cuantía.
Además, mediante este anteproyecto también se procede a la reforma de la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, de 30 de diciembre de 2002, para permitir el devengo de la tasa judicial por la presentación del procedimiento monitorio en los términos y con las cautelas previstas en el artículo 25 del Reglamento Comunitario 1896/2006.

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Fecha: 22 diciembre 2009

Publicación: BOE de 23 de diciembre de 2009

Descargas: BOE-A-2009-20725.pdf

Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Fecha: 23 diciembre 2009

Publicación: BOCyL de 26 de diciembre de 2009

Descargas: obslc3.pdf

DECRETO-LEY 3/2009, de 23 de diciembre, de Medidas de Impulso de las Actividades de Servicios en Castilla y León.

Se modifican una veintena de leyes autonómicas para su adaptación a la Directiva de Servicios. Entre ellas se modifica la Ley 11/2003 de 8 de Abril de Prevención Ambiental y así, en el caso de actividades que  hasta ahora estaban sujetas a licencia y autorización ambiental integrada se ha sustituído la autorización de puesta en marcha por una comunicación de inicio de actividad.

También se modifica la Ley 1/2006, de 6 de Abril, de Mediación Familiar, la Ley 5/2009, de 4 de Junio , del Ruido o la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales entre otras.

Fecha: 19 febrero 2010

Publicación: BOE de 20 de febrero de 2010

Descargas: BOE-A-2010-2739.pdf

Ley Orgánica 1/2010, de 19 de febrero, de modificación de las leyes orgánicas
del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial

Añade una nueva Disposición Adicional Quinta a la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional  por virtud de la cual se atribuye al  Tribunal Constitucional el conocimiento de los recursos interpuestos contra las Normas Forales fiscales de los Territorios de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, dictadas en el ejercicio de sus competencias exclusivas garantizadas por la disposición adicional primera de la Constitución y reconocidas en el artículo 41.2.a del Estatuto de Autonomía para el País Vasco (Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre).
Así como las cuestiones que se susciten con carácter prejudicial por los órganos jurisdiccionales sobre la validez de las referidas disposiciones, cuando de ella dependa el fallo del litigio principal.
Simultáneamente modifica el apartado 4 del art. 9 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial excluyendo del conocimiento de los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos los recursos directos o indirectos que se interpongan contra las Normas Forales fiscales de las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, que corresponderán, en exclusiva, al Tribunal Constitucional, en los términos establecidos por la disposición adicional quinta de su Ley Orgánica.

Fecha: 05 marzo 2010

Publicación: BOE de 23 de marzo de 2010

Descargas: BOE-A-2010-4766.pdf

Real Decreto 245/2010, de 5 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.

Modifica el Reglamento de desarrollo de la Ley 11/1996, de 20 de marzo, de Patentes, con el fin de acomodarlo a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
El artículo 12 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, modificó el art. 79 de la Ley de Patentes para facilitar la inscripción de las modificaciones de derechos sobre patentes y los modelos de utilidad registrados en la Oficina Española de Patentes y Marcas, eliminando la exigencia de documento público en la formalización de las transmisiones y licencias.
El presente Real Decreto, a su vez, viene a modificar el Reglamento para la ejecución de la Ley de Patentes aprobado por el Real Decreto 2245/1986, armonizando los requisitos de inscripción de modificaciones registrales para todas las modalidades de propiedad industrial y reforzándose la coherencia de la regulación.
Además actualiza el régimen de adquisición de la condición y del ejercicio de la actividad de agente de la propiedad industrial, y en concreto, como principal novedad se sustituye el régimen de autorización, por el de inicio de la actividad tras la presentación de una declaración responsable.

Fecha: 11 junio 2010

Publicación: BOE de 29 de junio de 2010

Descargas: BOE-A-2010-10315.pdf

Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios.

De conformidad con lo que establece su artículo 1 la presente orden tiene por objeto establecer las normas, principios y criterios a los que debe sujetarse la actividad publicitaria de los productos y servicios bancarios y habilitar al Banco de España para su desarrollo. Y ello superando el antiguo sistema de autorización previa establecido en la Orden del Ministro de Economía y Hacienda, de 12 de diciembre de 1989, sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las entidades de crédito, a la que deroga parcialmente, sustituyéndolo por un sistema de control de la publicidad basado en dos elementos: uno preventivo, a través de la elaboración de criterios específicos de la publicidad financiera que guíen su claridad y honestidad y de la exigencia de unos procedimientos y controles internos que tiendan a favorecer tal exigencia; y otro que permita la corrección de eventuales conductas inadecuadas, para lo cual el Banco de España podrá exigir el cese o la rectificación de la publicidad que no cumpla las previsiones de esta orden, y ello sin menoscabo de las acciones a que alude la Ley 34/1998, de 11 de noviembre, General de Publicidad, para la rectificación o cese de la publicidad ilícita.

Fecha: 11 junio 2010

Publicación: BOE de 29 de junio de 2010

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Orden EHA/1717/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de servicios y productos de inversión.

Esta Orden se dicta con el objeto de concretar el desarrollo de las habilitaciones al Ministerio de Economía y Hacienda y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores contenidas en el artículo 94 de la Ley 24/1998, de 28 de julio, del Mercado de Valores, para que determine los casos en que la publicidad de las actividades sujetas a la citada ley estarán sometidas a autorización o a otra modalidad de control administrativo a cargo de la CNMV, así como para aprobar, en general, las normas especiales a que habrá de sujetarse la publicidad. Y las habilitaciones contenidas en el artículo 18.4 de la Ley 53/2003 de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, respecto de las actividades publicitarias dirigidas a promover la suscripción o adquisición de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva.

Para ello en la Orden se define en qué casos la publicidad se somete al control de la CNMV, y qué ha de entenderse por publicidad, y se enuncian las normas especiales y los principios y criterios básicos que rigen la publicidad de los productos y servicios del mercado de valores habilitando a la CNMV para que proceda a su desarrollo mediante Circular.

El artículo 6 establece las facultades de control de la publicidad por parte de la CNMV, pudiendo requerir la cesación o rectificación de la publicidad que no se ajuste a la normativa o la inclusión de advertencias en dicha publicidad, así como recomendaciones a los inversores para que recaben información adicional sobre su naturaleza y características y la de realizar advertencias públicas por sí misma.

Fecha: 22 diciembre 2010

Publicación: BOE de 23 de diciembre de 2010

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Ley 39/2010, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.

 La Disposición Final Cuarta de la ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011, modifica el apartado 6 del artículo 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos Ley 29/1994 de 24 de noviembre, ampliando la excepción de no prestar fianza a "las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social en su función pública de colaboración en la gestión de la Seguridad Social, así como sus Centros y Entidades Mancomunados".

Fecha: 24 marzo 2011

Publicación: BOE de 25 de marzo de 2011

Descargas: obslc9.pdf

Ley 4/2011, de 24 de marzo, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de 

Enjuiciamiento Civil, para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía 

Fecha: 20 mayo 2011

Publicación: BOE de 21 de mayo de 2011

Descargas: BOE-A-2011-8847.pdf

Ley 11/2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración General del Estado.


Fecha: 20 mayo 2011

Publicación: BOE de 21 de mayo de 2011

Descargas: BOE-A-2011-8846.pdf

Ley Orgánica 5/2011, de 20 de mayo, complementaria a la Ley 11/2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración General del Estado para la modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


Fecha: 20 abril 2011

Publicación: BOE de 30 de abril de 2011

Descargas: BOE-A-2011-7703.pdf

Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.